Vivienda

Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler. ¿Propietario o inquilino?

El contrato y la ley tienen mucho que ver en lo que debes pagar y lo que no en tu piso de alquiler

31 AGO 2022
31 AGO 2022

Cuando entramos a vivir en un piso de alquiler, son muchas las dudas que se nos pasan por la cabeza. Si de algo no estamos seguros, lo ideal es recurrir al contrato de alquiler donde se han puesto cada una de las cláusulas acordadas entre propietario e inquilino.

Precisamente una de las dudas más frecuentes en el contrato de alquiler es quién debe de pagar las reparaciones de los desperfectos que se produzcan en la vivienda, ¿el propietario o el inquilino? Mucho tiene que ver el origen de las reparaciones y su estado de conservación.

Si nos ceñimos a la ley, en concreto la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde el Artículo 21 referido a la Conservación de la vivienda indica que “el arrendador está obligado a realizar las reparaciones necesarias para la conservación de la vivienda arrendada en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”. Eso sí, tiene una excepción “salvo cuando el deterioro de cuya reparación sea imputable al arrendatario”. Es decir, conservar no es lo mismo que reparar.

Esta ley además determina que el inquilino tendrá que asumir las "pequeñas reparaciones" que provoque el desgaste del uso de la vivienda y, también, aquellos daños que él mismo haya causado.

Para resumir en líneas generales, el propietario se hará cargo de los desperfectos en tuberías, techos, suelos o paredes y no asumirá los costes de lo que esté fuera de la estructura de la vivienda como cerraduras, persianas, cisternas, grifos, etc. Es decir, todos los elementos que se usan a diario.

En cuanto a la pintura de la vivienda, es importante resaltar que la justicia considera que es un elemento necesario del domicilio, por lo que será el casero quien deba pagar su renovación.

Eso sí, si en el contrato figurase que la vivienda se entregó en malas condiciones, las deficiencias que pudieran aparecer al final del arrendamiento se podrían presumir que eran del arrendador, porque el estado de cómo se entregó la vivienda haría presumir que se podrían producir nuevas deficiencias. Esto no hay que confundirlo con las obras y arreglo de deficiencias que tienen que realizar los arrendadores en las viviendas arrendadas a la finalización de los contratos para ponerlas a punto para nuevos arrendamientos, cuyo coste les corresponde solamente a ellos.

¿Y con los electrodomésticos? En este caso si la avería requiere la sustitución del aparato, esto debe ser pagado por el propietario de la vivienda, según la decisión de los jueces.

Sea como fuere, para evitar cualquier confusión, lo más importante es que el contrato albergue cada uno de los elementos que tiene la vivienda, así como su estado de conservación. De esta manera, se podrá llegar a un acuerdo entre propietario e inquilino sobre quién asumirá el coste del desperfecto que se produzca dentro de la vivienda.